Elfallo confirma el criterio de la sentencia de instancia. “El recurrente no es titular de la propiedad de la vivienda en la que reside, sino de la nuda propiedad de aquella, que es cosa por completo distinta a la adquisició­n que daba derecho a la deducción”, destaca la sentencia recurrida y, ahora, confirmada. Setrata de decidir en el presente recurso si es inscribible una escritura por la que una cooperativa adjudica a uno de sus socios, don J. V. J. la nuda propiedad de la mitad indivisa de una finca y a otro, doña R. T. R, el usufructo vitalicio de la misma, y a este último la nuda propiedad de la restante mitad indivisa, correspondiendo el Estánexentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión por personas mayores de 65 años de la vivienda habitual. La exención también se aplica si se transmite la nuda propiedad y se reserva el usufructo vitalicio sobre la vivienda. Para la aplicación de esta exención, se entiende que el contribuyente está transmitiendo su Larecuperación del impuesto de patrimonio aprobada definitivamente por el gobierno afectará a 160.000 contribuyentes, en concreto, aquellos que cuenten con más de 700.000 euros, según Elena salgado, ministra de economía. El patrimonio de una persona incluye la suma del valor de sus bienes, entre ellos, el de sus inmuebles.Por eso, diferentesal titular del inmueble, ese caso se deberá detraer del patrimonio el valor que le corresponda. 2.1.2 La retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta y complementarios que se origine por la transferencia de la laedad, en la proporción de un 1 por 100 menos por cada año más, con el límite mínimo del 10 por 100 del valor total». Art. 49 (RISD): «usufructos. Para la valoración de los derechos de usufructo y nuda propiedad se aplicarán las reglas siguientes: a) El valor del usufructo temporal se reputará proporcional al valor total de los bienes Ensegundo lugar, se calculará el valor de la nuda propiedad: valor total – valor del usufructo imputado al usufructuario. Veamos un ejemplo. Tienesque incluir rentas inmobiliarias imputadas en tu declaración: Si eres el propietario de un inmueble y lo tienes a tu disposición todo o parte del año. Si eres usufructuario o tienes otro derecho real de uso o disfrute sobre un inmueble tienes que incluir las correspondientes rentas en tu declaración en la misma cuantía que la que Lanuda propiedad se considera patrimonio debido a su valor y su capacidad de generar ingresos a largo plazo, sin embargo, también puede ser objeto de impuestos y otros gastos que afectan su valor. En este artículo, exploraremos en profundidad el concepto de la nuda propiedad y cómo se puede utilizar como una herramienta financiera efectiva. Sellama nuda propiedad y es una fórmula que permite a los propietarios vender una vivienda, recibir dinero a cambio y seguir residiendo en ella de por vida. Esto también es ventajoso para los compradores, puesto que esto les permite adquirir una propiedad por debajo del precio de mercado. En los últimos meses, el porcentaje de PNb5U1.